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Programa II: Familiar Colaborador

Ayudas destinadas a las personas trabajadoras autónomas que incorporen personas desempleadas como familiares colaboradores en la explotación de la que sea titular.

Entidades beneficiarias:

Personas Autónomas

Personas destinatarias finales:
Personas trabajadoras autónomas que propicien la inserción de una persona en su actividad, mediante su alta en RETA como familiar colaborador
Cuantía:
Desde 5.000 hasta 10.000 euros
Plazo de solicitudes:

desde el día siguiente al que se inicie la actividad, de acuerdo con lo expresado por la Tesorería General de la Seguridad Social, y los cinco meses naturales siguientes al mes del citado inicio

Vigencia:

desde el 15/02/2023 hasta el 14/02/2024

Normativa:

DECRETO 168/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones y se prueba la convocatoria para el ejercicio 2023-2024.

Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la ampliación del crédito asignado a la convocatoria para el ejercicio 2023-2024


LISTADOS DE PERSONAS BENEFICIARIAS

Órgano Gestor:

Servicio de Economía social y Autoempleo. Teléfonos: 924004544, 924004526, 924004574, 924004553, 924006420, 924930364, 924004558, 924004586, 924004559, 924004570,924004528. Correo para consultas e incidencias: ayudasautoempleo@extremaduratrabaja.net

Información Relacionada:

Los impresos normalizados de solicitud deberán ser cumplimentadosa través de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura SEDE.

Consulta el estado de tu expediente AQUÍ.

Infografía resumen