Acuerdos del Consejo de Gobierno en materia de empleo: discapacidad y exclusión social

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su sesión de hoy dos convocatoria de subvenciones. Por un lado aquellas destinadas a la realización de acciones de orientación laboral para personas con discapacidad  y por otro lado las que pretenden el fomento del empleo de personas en situación de exclusión social mediante empresas de inserción.

El Consejo de Gobierno ha autorizado la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de orientación laboral y otras actuaciones de políticas activas de empleo para personas con discapacidad, correspondiente al ejercicio de 2018, por un importe de 1.725.000 euros.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas las entidades privadas sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia que quieran colaborar con el SEXPE en la realización de las acciones mencionadas.

Conforme a lo establecido en el artículo 10 del Decreto 67/2018, de 22 de mayo, por el que se regulan estas subvenciones, la  cuantía máxima de la subvención por cada entidad será de 172.488 euros.

De acuerdo con la redacción del mencionado decreto, la orientación laboral no es una necesidad únicamente de las personas sin empleo y, así, las medidas que regula se dirigen tanto a personas ocupadas como desempleadas.

Por otro lado, se mantiene la posibilidad de establecer sistemas individualizados de orientación con itinerarios de inserción personalizados a diferentes colectivos en función de la evolución del mercado laboral.

Además, se completarán los itinerarios personalizados de inserción con actuaciones de Políticas Activas de Empleo complementarias a la orientación profesional que, en función del tipo de personas a las que se dirigen y su posicionamiento en el mercado laboral, podrán consistir en prospección de empresas para propiciar la inserción laboral o prácticas no laborales, entre otras actuaciones.

Por otro lado, el Ejecutivo ha autorizado la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento del empleo de las personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción, correspondiente al período 2018-2019, por un importe de 600.000 euros.

La orden de convocatoria establece subvenciones destinadas a promover y facilitar la integración sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social a través de empresas de inserción, como paso previo a su inserción definitiva en la empresa ordinaria, así como ayudas a las empresas ordinarias que contraten personas trabajadoras procedentes de empresas de inserción y ayudas a las personas trabajadoras que provengan de empresas de inserción y se den de alta como autónomas.

Por lo que respecta a la cuantía, en el Programa I (creación de puestos de trabajo para personas en situación o riesgo de exclusión social en empresas de inserción), será equivalente al 100% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) mensual vigente en cada anualidad, durante los primeros 12 meses de la contratación por cada puesto de trabajo creado a jornada completa.

En el Programa II (mantenimiento de  puestos de trabajo para personas en situación o riesgo de exclusión social en empresas de inserción), la cuantía de la ayuda por puesto de trabajo mantenido a jornada completa será equivalente al 60% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) mensual vigente en cada anualidad.

Respecto al Programa III (ayudas dirigidas a empresas de inserción para la contratación de personal experto en acciones de orientación y acompañamiento a la inserción y/o personal técnico de producción) el  importe de la subvención será proporcional al número de personas en riesgo de exclusión social contratadas y atendidas con cargo a los Programas I y/o II de la convocatoria.

En concreto, se concederán 150 euros brutos mensuales por cada una de las plazas de inserción a jornada completa con las que cuente la empresa y hasta un máximo de 1.500 euros brutos mensuales por cada técnico/a contratado/a.

Por último, en el Programa IV (ayudas a la inserción en el mercado laboral ordinario de personas trabajadoras procedentes de empresas de inserción y que hayan sido objeto de subvención en los programas I y II), la cuantía de la ayuda será de 6.000 euros por contratación realizada y de 10.000 euros por puesto de trabajo autónomo como fórmula de creación de empleo.

Cuando las contrataciones subvencionadas se suscriban a tiempo parcial, los importes de las ayudas serán proporcionales a la duración de la jornada estipulada en el contrato.