Disponibles las ayudas para el fomento del empleo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo

La nueva convocatoria de ayudas se publicó ayer en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) por un importe de 11.000.000 de euros.

Esta convocatoria comprende dos programas. El Programa I, de ayudas a proyectos generadores de empleo; y el Programa II, de mantenimiento de puestos de trabajo de trabajadores discapacitados en los centros especiales de empleo.

Las cuantías de las ayudas del Programa I son de 12.020 euros por puesto de trabajo creado a jornada completa, si el centro especial de empleo supera el 90 por ciento de trabajadores con discapacidad respecto del total de su plantilla, a fecha de realización de las contrataciones.

Por puesto de trabajo creado a jornada completa, las ayudas serán de 9.015 euros, si el número de trabajadores discapacitados del centro especial de empleo está comprendido entre el 70 y el 90 por ciento respecto del total de la plantilla, a fecha de realización de las contrataciones.

Cuando las contrataciones indefinidas subvencionables se suscriban a tiempo parcial, los importes de las ayudas serán proporcionales a la duración de la jornada estipulada en el contrato.

Por su parte, la ayuda del Programa II consistirá en el abono a los centros especiales de empleo del 50 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

El número máximo de contrataciones subvencionadas será de 10 por centro especial de empleo solicitante.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las ayudas los centros especiales de empleo que hayan obtenido su calificación e inscripción en el Registro de Centros Especiales de Empleo de Extremadura y que no se encuentren incursos en alguna causa de descalificación.

El plazo de vigencia a efectos de presentación de solicitudes será de un año a partir del día 22 de noviembre, es decir,  hasta el 21 de noviembre de 2020.

Los interesados deberán solicitar las subvenciones durante el periodo de vigencia de la convocatoria. Para las ayudas establecidas en el Programa I, en el plazo de un mes desde la fecha de inicio de las contrataciones indefinidas iniciales o de las transformaciones. Para las ayudas establecidas en el Programa II, las solicitudes podrán presentarse en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la finalización del mes por el que se solicita la subvención.

Asimismo, se habilita un plazo excepcional de un mes, a partir del día 22 de noviembre, para que puedan presentarse solicitudes que no hubieran podido ser presentadas en la convocatoria anterior por finalización de su vigencia.

Las solicitudes podrán presentarse en los registros del SEXPE o en cualquiera de las oficinas del Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Los modelos están diponibles en nuestra página web.