Versión en

X

Programa IV: Ayudas a personas trabajadoras por cuenta ajena que inicien actividad como autónomas

Ayudas destinadas a personas ocupadas que inicien una actividad como personas trabajadoras autónomas.

Entidades beneficiarias:

Personas autónomas ocupadas

Personas destinatarias finales:
Personas ocupadas encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadoras por cuenta ajena, que inicien una actividad como personas autónomas, siempre que deban quedar encuadradas en el RETA
Cuantía:
6.000 euros
Plazo de solicitudes:

desde la fecha de inicio de la actividad o fecha real de alta en RETA y los cinco meses naturales siguientes

Vigencia:

desde el 7 de junio de 2024 hasta el 6 de junio de 2025

Normativa:

Decreto 39/2024, de 30 de abril por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones y se aprueba la primera convocatoria para el periodo 2024-2025.

Órgano Gestor:

Servicio de Economía social y Autoempleo. Teléfonos: 924004558, 924004573, 924004559. Correo para consultas e incidencias: ayudasautoempleo@extremaduratrabaja.net

Información Relacionada:

Los impresos normalizados de solicitud deberán ser cumplimentados a través de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura SEDE.

Infografía resumen

Documentación relacionada