Programa IV: Ayudas a personas trabajadoras por cuenta ajena que inicien actividad como autónomas
Ayudas destinadas a personas ocupadas que inicien una actividad como personas trabajadoras autónomas.
Personas autónomas ocupadas
desde la fecha de inicio de la actividad o fecha real de alta en RETA y los cinco meses naturales siguientes
desde el 7 de junio de 2024 hasta el 6 de junio de 2025
Decreto 39/2024, de 30 de abril por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones y se aprueba la primera convocatoria para el periodo 2024-2025.
Servicio de Economía social y Autoempleo. Teléfonos: 924004558, 924004573, 924004559. Correo para consultas e incidencias: ayudasautoempleo@extremaduratrabaja.net
Los impresos normalizados de solicitud deberán ser cumplimentados a través de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura SEDE.
SEXPE
- Cita previa opcional
- ¿Quiénes somos?
- Atención telefónica y telemática en Centros de Empleo de 9 a 14 h. de L-V
- Teléfono de información: 924 93 02 52
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