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Programa IV: Ayudas a personas trabajadoras por cuenta ajena que inicien actividad como autónomas

Ayudas destinadas a personas ocupadas que inicien una actividad como personas trabajadoras autónomas.

Entidades beneficiarias:

Personas autónomas ocupadas

Personas destinatarias finales:
Personas ocupadas encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadoras por cuenta ajena, que inicien una actividad como personas autónomas, siempre que deban quedar encuadradas en el RETA
Cuantía:
5.000 euros
Plazo de solicitudes:

desde el día siguiente al que se inicie la actividad, de acuerdo con lo expresado por la Tesorería General de la Seguridad Social, y los cinco meses naturales siguientes al mes del citado inicio

Vigencia:

desde el 15/02/2023 hasta el 14/02/2024

Normativa:

DECRETO 168/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones y se prueba la convocatoria para el ejercicio 2023-2024.

Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la ampliación del crédito asignado a la convocatoria para el ejercicio 2023-2024.


LISTADOS DE PERSONAS BENEFICIARIAS

Órgano Gestor:

Servicio de Economía social y Autoempleo. Teléfonos: 924004544, 924004526, 924004574, 924004553, 924006420, 924930364, 924004558, 924004586, 924004559, 924004570, 924004528 Correo para consultas e incidencias: ayudasautoempleo@extremaduratrabaja.net

Información Relacionada:

Los impresos normalizados de solicitud deberán ser cumplimentadosa través de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura SEDE.

Consulta el estado de tu expediente AQUÍ.

Infografía resumen