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Programa IV Ayudas destinadas a fomentar la consolidación del empleo

Subvenciones que se dirigen a las entidades que hayan sido beneficiarias de las ayudas del Programa I y del Programa II previstas en el decreto de bases reguladoras, para el mantenimiento de los socios trabajadores o de trabajo, así como los trabajadores indefinidos contratados, durante un período de 12 meses adicional al período de mantenimiento obligatorio ordinario de 24 meses.

Entidades beneficiarias:

Las entidades que hayan sido beneficiarias de las ayudas del Programa I y del Programa II, para el mantenimiento de los socios trabajadores o de trabajo, así como los trabajadores indefinidos contratados, durante un período de 12 meses adicional al período de mantenimiento obligatorio ordinario de 24 meses

Personas destinatarias finales:
Entidades que hayan sido beneficiarias de las ayudas del Programa I y II, que mantengan los puestos subvencionados durante un período de 12 meses adicional al período de mantenimiento obligatorio
Cuantía:
2.500,00 euros
Plazo de solicitudes:

A partir de la fecha de alta o variación de datos, durante el mes en el que se produce el alta o la variación de datos en Seguridad Social de las personas socias o trabajadoras contratadas cuyos puestos se subvencionan, y los cinco meses naturales siguientes a aquél en que se produce tal alta o variación

Vigencia:

desde el 16 de noviembre de 2024 hasta el 17 de noviembre de 2025

Normativa:

DECRETO 123/2024, de 24 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación del empleo en la economía social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria de los programas I, II, III y IV para el período 2024-2025.

Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Empleo, por la que se modifican los anexos del Decreto 123/2024, de 24 de septiembre.

Órgano Gestor:

Servicio de Economía Social y Autoempleo. Teléfonos de contacto: 924 00 44 14, 924 00 52 73 y 924 00 45 28

Información Relacionada:

La tramitación de las solicitudes se efectuará a través del Punto de Acceso General Electrónico, dentro de la ficha correspondiente al trámite.

Infografía resumen.