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Convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas para personas desempleadas incluidas en la oferta preferente del SEXPE

Subvenciones destinadas a financiar la realización de acciones formativas dirigidas a personas trabajadoras desempleadas.

Entidades beneficiarias:

Centros y entidades de formación acreditados

Personas destinatarias finales:
Personas desempleadas
Cuantía:
Variable. Consultar en normativa.
Plazo de solicitudes:

desde el 14 de agosto hasta el 4 de septiembre de 2024

Vigencia:

Abierta

Normativa:

Orden de 27 de marzo de 2023 por la que se regula la programación, gestión y control de la oferta de formación profesional para el empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas y y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación.

Resolución de 14 de julio de 2024, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el ejercicio de 2024.

Decreto 133/2016 de 2 de agosto  por el que regula la acreditación y/o inscripción de centros y entidades de formación.

Órgano Gestor:

Servicio de Formación para el Empleo del SEXPE. Avda. Valhondo, s/n Edificio III Milenio, módulo 6- 2ª planta, 06800, tlfnos: 924930361, 924027355, 924027342, 924027343, 924027359, mail: formacionparaelempleo@extremaduratrabaja.net

Información Relacionada:

NOVEDAD: 

Valoración de las solicitudes de especialidades formativas, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, en el procedimiento de concesión de subvenciones:

El SEXPE informa de la publicación de la propuesta de resolución provisional del procedimiento de concesión de subvenciones públicas, destinadas a la realización de acciones formativas incluidas en la oferta preferente del Servicio Extremeño Público de Empleo y dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, junto con los listados de solicitudes admitidas y baremadas, así como los listados de las solicitudes denegadas junto con la causa de dicha denegación.

A continuación, se podrán consultar los siguientes documentos:

Una vez puesta de manifiesto a los interesados la valoración de las solicitudes presentadas y en cumplimiento de lo dispuesto en apartado decimoquinto de la Resolución de la Convocatoria de 24 de julio de 2024 (DOE nº 157, de 13 de agosto), se concede el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la propuesta de resolución provisional que finaliza el lunes 13 de noviembre de 2024, para formular cuantas alegaciones consideren oportunas.

Las alegaciones dirigidas a la Dirección General de Formación para el Empleo, Servicio de Formación para el Empleo del SEXPE y se podrán presentar en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Con objeto de agilizar la resolución del procedimiento, las alegaciones deberán remitirse, al tiempo de su presentación, al correo electrónico, junto con el justificante de su presentación: formacionparaelempleo@extremaduratrabaja.net

IMPORTANTE

LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL NO CREA DERECHO ALGUNO A FAVOR DE LOS BENEFICIARIOS PROPUESTOS FRENTE A LA ADMINISTRACIÓN, HASTA TANTO NO SE HAYA DICTADO LA RESOLUCIÓN INDIVIDUALIZADA DE CONCESIÓN.

Composición de la comisión de valoración de subvenciones convocatoria 2024

Acceso a la plataforma telemática de formación

Documentación relacionada