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Prácticas no laborales

Las ayudas para financiar las prácticas no laborales en empresas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, están destinadas para que jóvenes de 18 a 25 años, que hayan finalizado los estudios y tengan problemas de empleabilidad, puedan realizar el ejercicio de su respectiva profesión. La convocatoria se compondrá de los siguientes programas: 

  • Programa I: prácticas no laborales en despachos profesionales de Extremadura.
  • Programa II: prácticas no laborales en empresas con centros de trabajo en la región.

Entidades beneficiarias:

Colegios profesionales y empresas

Personas destinatarias finales:
Personas desempleadas de entre 18 y 25 años, inscritos en el SEXPE, con titulación universitaria, de FP o grado medio/superior
Cuantía:
Hasta 4.000 euros por participante
Plazo de solicitudes:

Un mes, contado a partir de la fecha de inicio de las prácticas no laborales en empresas. El plazo máximo de justificación de la subvención, será tres meses naturales contados a partir de la fecha de finalización del periodo de prácticas no laborales

Vigencia:

Hasta el 31/03/2019

Órgano Gestor:

Servicio de Formación para el Empleo del SEXPE. Teléfonos: 924027359/924027317. Correo de petición de convenio de colaboración para el PROGRAMA II: sprj.sexpe@extremaduratrabaja.net

Información Relacionada:

Tanto los colegios profesionales como las empresas, deberán formalizar previamente los respectivos convenios de colaboración con el SEXPE. En el primer programa estos convenios se ceñirán a los Convenios Marco suscritos entre el SEXPE y los Colegios Profesionales de Extremadura, conforme al modelo que se establece en anexo II del Decreto 201/2016, de 14 de diciembre. Las empresas por su parte suscribirán un convenio con el SEXPE  conforme al modelo establecido en el anexo III del Decreto 201/2016, de 14 de diciembre.

Con la justificación de la prácticas, se deberá acompañar, al objeto de liquidación de la ayuda:

  • Copias de pagos/recibos de beca y de Seguridad Social.
  • Comunicación de baja (se adjunta modelo más abajo).
  • Resolución baja de seguridad social.
  • Informes trimestrales.
  • Certificado de prácticas por triplicado, conforme a los modelos adjuntos.