Programa II: Familiar Colaborador
Ayudas destinadas a las personas trabajadoras autónomas que incorporen personas desempleadas como familiares colaboradores en la explotación de la que sea titular.
Personas autónomas que incorporen a un familiar colaborador desempleado en la explotación de la que sea titular, con actividad en Extremadura
desde la fecha de inicio de la actividad o fecha real de alta en RETA y los cinco meses naturales siguientes
desde el 7 de junio de 2024 hasta el 6 de junio de 2025
Decreto 39/2024, de 30 de abril por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones y se aprueba la primera convocatoria para el periodo 2024-2025.
RESOLUCIONES DE CONCESIÓN:
- Resolución de 13 de marzo de 2025 de concesión de ayudas (REMESA 06/2025).
- Resolución de 21 de noviembre de 2024, de concesión de ayudas (REMESA 29/2024)
Servicio de Economía social y Autoempleo. Teléfonos: 924004558, 924004526, 924027390. Correo para consultas e incidencias: ayudasautoempleo@extremaduratrabaja.net
- Los impresos normalizados de solicitud deberán ser cumplimentadosa través de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura SEDE.
SEXPE
- Cita previa opcional
- ¿Quiénes somos?
- Atención telefónica y telemática en Centros de Empleo de 9 a 14 h. de L-V
- Teléfono de información: 924 93 02 52
SEPE Prestaciones
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