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Programa V: mantenimiento del empleo autónomo

Ayudas destinadas a personas trabajadoras autónomas para el mantenimiento del alta en RETA o en la mutualidad alternativa. Se solicitará junto con el Programa I, en la misma solicitud.

Entidades beneficiarias:

Personas autónomas beneficiarias del Programa I del Decreto 39/2024 de 30 de abril

Personas destinatarias finales:
Personas trabajadoras autónomas beneficiarias del Programa I (Decreto 39/2024 de 30 de abril), para el mantenimiento del alta en RETA o mutualidad alternativa durante periodo de 12 meses adicional al de mantenimiento obligatorio ordinario de 24 meses
Cuantía:
2.500 euros
Plazo de solicitudes:

desde la fecha de inicio de la actividad o fecha real de alta en RETA y los cinco meses naturales siguientes

Vigencia:

desde el 7 de junio de 2024 hasta el 6 de junio de 2025

Normativa:

Decreto 39/2024, de 30 de abril que recoge las bases reguladoras y aprueba la primera convocatoria.

Órgano Gestor:

Servicio de Economía Social y Autoempleo. Teléfonos: 924004558, 924930364, 924004573; ayudasautoempleo@extremaduratrabaja.net

Información Relacionada:

Los impresos normalizados de solicitud deberán ser cumplimentados a través de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura

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